Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición y servicios de marketing operacional para el período 2026-2029.
Ministerio de Trabajo y Economía Social
BOE-A-2026-18631
Hablando claro
El Ministerio de Trabajo registra oficialmente un acuerdo laboral nacional que regula las condiciones de trabajo en empresas de reposición de productos en tiendas y de servicios comerciales de animación de venta para el período 2026-2029. El acuerdo fue pactado entre la asociación empresarial AEMAR y los sindicatos UGT, CCOO y FETICO, y ahora se publica en el Boletín Oficial del Estado para que sea vinculante para todas las empresas y trabajadores del sector.
Cómo te afecta
Si trabajas en una empresa de reposición de productos en supermercados, hipermercados o tiendas, o en servicios de animación de ventas y marketing operacional, este convenio te afecta directamente: establece tus condiciones mínimas de trabajo, incluyendo salarios, jornada máxima anual, descansos, vacaciones, período de prueba y clasificación profesional. Si eres empresario en este sector, el convenio te vincula a nivel nacional y tus propios acuerdos de empresa no podrán ofrecer peores condiciones que las establecidas aquí.
Fuente oficial