Resolución de 20 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa de la registradora de la propiedad de Vigo n.º 3, en relación a una instancia solicitando el depósito del modelo informativo de arrendamientos de corta duración relativa a una finca registral.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-20952
Hablando claro
Una mujer solicitó registrar información sobre un alquiler de corta duración en una propiedad de Vigo, pero el Registro de la Propiedad rechazó la solicitud porque según sus datos ella no figura como propietaria registral del inmueble. Ella ha recurrido ese rechazo alegando que compró la casa en 2023 junto con su cónyuge y que, aunque aún no está inscrita en el Registro, son las legítimas propietarias. La Dirección General de Seguridad Jurídica resuelve ahora si su recurso tiene razón.
Cómo te afecta
Si eres propietario de un inmueble y quieres registrar información sobre arrendamientos de corta duración (como pisos turísticos), necesitas estar inscrito como titular en el Registro de la Propiedad. Si has comprado una vivienda recientemente pero aún no has inscrito la compra en el Registro, no podrás depositar ese modelo informativo de arrendamientos hasta que hagas la inscripción registral.
Fuente oficial