EL CÓDICE

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Año 2026
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Resolución de 26 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Valdemoro, por la que se suspende la expedición de una certificación de cargas ordenada en mandamiento judicial y la extensión de la correspondiente nota marginal, por constar la titular registral en situación de concurso de acreedores.

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

BOE-A-2026-21071

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Hablando claro

El registrador de la propiedad de Valdemoro ha rechazado expedir un certificado de cargas que un juzgado le ordenó mediante mandamiento, porque la empresa propietaria de esas fincas (Tuvalu Gestión) está en concurso de acreedores y aún no ha terminado el proceso. Según la ley concursal, cuando una empresa está en concurso, se suspenden los embargos y ejecuciones sobre sus bienes, por lo que el registrador considera que no puede procesar esta orden judicial de momento. Una persona ha recurrido esta decisión del registrador ante la Dirección General de Seguridad Jurídica, que ahora resuelve mantener la suspensión.

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Cómo te afecta

Si eres acreedor con un embargo sobre bienes de una empresa en concurso, esta resolución significa que no puedes ejecutar tu embargo mientras la empresa esté en proceso concursal, aunque tengas una orden judicial. El registrador no expedirá certificados de cargas que permitan avanzar en esa ejecución hasta que el concurso finalice, salvo que obtengas una orden específica del juez del concurso para hacerlo.