Resolución de 1 de octubre de 2026, del Banco de España, por la que se publican los índices y tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios, así como para el cálculo del diferencial que se ha de aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.
Banco de España
BOE-A-2026-21237
Hablando claro
El Banco de España publica los tipos de interés de referencia que se utilizan para calcular el valor real de los préstamos hipotecarios cuando hay que indemnizar por cambios en los tipos de interés, así como el tipo que se aplica cuando alguien cancela un préstamo antes de tiempo. Son unos porcentajes que varían según el plazo del préstamo (desde 2 hasta 30 años) y que los bancos deben usar en estos cálculos obligatoriamente.
Cómo te afecta
Si tienes un préstamo hipotecario y quieres cancelarlo anticipadamente o si hay una compensación por riesgo de tipo de interés, estos son los tipos oficiales que el banco debe aplicar para calcular cuánto debes pagar o cuánta compensación tienes derecho a recibir. Estos porcentajes son vinculantes para todos los cálculos de este tipo en septiembre de 2026.
Fuente oficial