Resolución de 16 de julio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad interino de Mijas n.º 2, por la que se suspende la inscripción de un mandamiento de anotación preventiva de embargo.
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
BOE-A-2026-22860
Hablando claro
Un juzgado ordena anotar un embargo sobre la mitad de una finca que pertenece a un matrimonio en régimen de gananciales, pero el registrador de la propiedad rechaza hacer esa anotación porque considera que no cumple los requisitos legales. La Dirección General de Seguridad Jurídica revisa el caso y confirma que el registrador actuó correctamente al suspender la inscripción del embargo.
Cómo te afecta
Si eres una persona casada en régimen de gananciales y eres deudor de una obligación, el embargo de bienes gananciales requiere que se cumpla un procedimiento específico: la demanda debe dirigirse contra ambos cónyuges o, si solo se dirige contra uno, el otro debe ser notificado del embargo para que la anotación sea válida en el Registro de la Propiedad.
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