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Año 2026
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6 abr 2026

Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declara en concreto de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado Renovación de la línea aérea de media tensión 20 kV 4144-6-Retamal entre el apoyo nº 5365 y el apoyo nº 5455. Términos Municipales: Campillo de Llerena, Valencia de las Torres. Expediente: 06AT-10177-18288.

Comunidad Autónoma de Extremadura

BOE-B-2026-10595

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Texto literal del BOE, sin resumir

Visto el expediente correspondiente al procedimiento de por el que se declara en concreto, de utilidad pública el proyecto denominado "Renovación de la línea aérea de media tensión 20 kV 4144-6-Retamal entre el apoyo nº 5365 y el apoyo nº 5455" iniciado a solicitud de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U (citada en adelante también como "la Empresa"), con domicilio en C/ Periodista Sánchez Asensio, 1, Cáceres, se emite la presente resolución de conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en el Título VII, Capítulo V, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 221/2012, de 9 de noviembre, sobre determinación de los medios de publicación de anuncios de información pública y resoluciones y de los órganos competentes para la resolución de determinados procedimientos administrativos en los sectores energético y de hidrocarburos, teniendo en cuenta los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho. ANTECEDENTES DE HECHO Primero. Con fecha 17/11/2022, i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U presentó la solicitud indicada en el encabezamiento de la presente resolución, obteniéndose resultado favorable en la comprobación de la misma y de su documentación adjunta. Segundo. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, se realizaron los trámites indicados a continuación: - Información pública del proyecto, por el plazo legalmente establecido, siendo realizadas publicaciones en los siguientes medios: Diario Oficial de Extremadura: DOE Nº 207 de 28/10/2025 Boletín Oficial del Estado: BOE Nº 259 de 28/10/2025 Boletín oficial de la Provincia: BOP Nº 210 de 4/11/2025 Periódicos: El periódico Extremadura (4/11/2025) Tablones de anuncios: Ayuntamiento Campillo Llerena y Valencia de las Torres. - Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general, al objeto de que en relación con bienes y derechos a su cargo afectados por el proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública. Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar lo siguiente: - Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones. - La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general. Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa previa por la Dirección General de Industria, Energía y Minas mediante Resolución con esta misma fecha. Quinto. Las instalaciones objeto de la presente Resolución tienen otorgada autorización administrativa de Construcción por la Dirección General de Industria, Energía y Minas mediante Resolución con esta misma fecha. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio, correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función ejecutiva es realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº 140, de 21 de julio), correspondiendo el