Extracto de la Orden, de 7 de abril de 2026, del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por la que se convocan subvenciones para su concesión a las asociaciones de personas consumidoras y usuarias, de ámbito estatal, destinadas a promover el asociacionismo de consumo y a la realización de actividades de información, defensa y protección de los derechos de las personas consumidoras en el ejercicio 2026.
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
BOE-B-2026-10915
Texto literal del BOE, sin resumir
BDNS(Identif.):897302 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/897302) Primero. Beneficiarios: Asociaciones, Federaciones, Confederaciones, Uniones y Cooperativas de personas consumidoras y usuarias de ámbito estatal, inscritas en el Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios gestionado por la Dirección General de Consumo. Segundo. Objeto: Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para las asociaciones y cooperativas de personas consumidoras y usuarias de ámbito estatal, destinadas a promover el asociacionismo de consumo y a la realización de actividades de información, defensa y protección de los derechos de las personas consumidoras para el ejercicio 2026. Tercero. Bases reguladoras: Orden SCB/1198/2019, de 4 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios de ámbito estatal, destinadas a promover el asociacionismo de consumo y a la realización de actividades de información, defensa y protección de los derechos de los consumidores (publicada en el BOE de fecha 14 de diciembre de 2019). Cuarto. Cuantía El importe de la subvención asciende a 3.047.530,00 euros. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Sexto. Otros datos La solicitud se acompañará de los Anexos y la documentación exigida en el artículo 7 de la Orden de convocatoria. Madrid, 7 de abril de 2026.- El Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 P.D. El Director General de Consumo (Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo). Daniel Arribas González.
Fuente oficial