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Año 2026
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8 may 2026

Anuncio de la Delegación Territorial en Jaén, por el que se somete a Información Pública la solicitud de Autorización Administrativa Previa y de Construcción, así como la declaración, en concreto, de Utilidad Pública del Proyecto de "Cierre de línea aérea de media tensión "S_Ramon" entre los apoyos de media tensión A793919 y A295277, en parajes Cuesta del Santo, Cañuelos y Salcedo" en el municipio de Baños de la Encina (Jaén). Expediente: AT-22-2025.

Comunidad Autónoma de Andalucía

BOE-B-2026-14624

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Texto literal del BOE, sin resumir

La empresa distribuidora E-Distribución Redes Digitales, S.L.U, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, presentó el 30 de abril de 2025, ante esta Delegación Territorial en Jaén, la solicitud de Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de las instalaciones previstas en el proyecto "Cierre de línea aérea de media tensión "S_Ramon" entre los apoyos de media tensión A793919 y A295277, sito en parajes Cuesta del Santo, Cañuelos y Salcedo en el municipio de Baños de la Encina (Jaén). A tal efecto adjuntó proyecto con número de referencia J25-023, redactado y firmado por D. José Luis Gámez Cabrero, colegiado número 3318 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Jaén, acompañado de declaración responsable del técnico competente de fecha 30 de abril de 2025. Con fecha 22 de agosto de 2025 aportó anexo al proyecto redactado y firmado por José Luis Gámez Cabrero con fecha 22 de agosto de 2025. Con fecha 3 de marzo de 2026 E-Distribución Redes Digitales, S.L.U, aportó relación de bienes y derechos afectados de los cuales se considera necesaria ocupación, según se adjunta en el anexo a este anuncio. A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la solicitud Autorización Administrativa Previa y de Construcción así como la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica que a continuación se indica, publicándose la relación concreta e individualizada de los interesados, bienes y derechos afectados a efectos de la urgente ocupación según el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Peticionario: E-Distribución Redes Digitales S.L.U, con domicilio a efectos de notificaciones en Camino de las Cruces 40, Subestación El Calvario, 23003 Jaén. Finalidad: Se redacta el presente proyecto de línea aérea de Media Tensión, a 25 kV. para realizar un cierre en línea S_Ramón, con el fin de conseguir una mejora de la infraestructura eléctrica. La actuación se realizará entre los Parajes Cuesta del Santo, Cañuelos y Salcedo, municipio de Baños de la Encina (Jaén) Características principales: - Coordenadas U.T.M (ETRS89) X. Y: Apoyo existente origen A763919: (X)436043.67;(Y)4227459.95 Apoyo existente final A295277: (X) 437174.57; (Y)4228142.52 Se instalarán 1395,86 metros de nuevo tendido en simple circuito aéreo con conductor 94-AL1/22 ST1A (antes LA-110) y 12 unidades de nuevo apoyo metálico de celosía galvanizada RU. La servidumbre de paso de línea aérea comprenderá las afecciones derivadas de la expropiación a tenor de lo establecido en los artículos 157 a 162 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre: a) El vuelo sobre el predio sirviente. b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los cables conductores de energía eléctrica e instalaciones de puesta a tierra de dichos postes, torres o apoyos fijos. c) El derecho de paso o acceso para atender el establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario. d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados en el párrafo c) anterior. De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, la declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará