Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la Orden Ministerial de 15 de junio de 2026, en el tramo de unos 4.185 m, correspondiente al Puerto Interior de A Coruña, en el t.m. de A Coruña. Ref. des01/24/15/0003.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
BOE-B-2026-20868
Texto literal del BOE, sin resumir
En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 26.2 del Reglamento General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se procede a publicar la Orden Ministerial especificada: "RESOLUCIÓN Examinado el expediente tramitado por la Demarcación de Costas en Galicia, relativo al deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo, de unos 4.185 m., correspondiente al Puerto Interior de A Coruña, en el t.m. de A Coruña. ANTECEDENTES: I) Previa autorización de la Dirección General de la Costa y el Mar, con fecha 14 de enero de 2025, la Demarcación de Costas en Galicia incoó el expediente de deslinde de referencia, al apreciar que dicho tramo no cuenta con deslinde aprobado. La Demarcación de Costas en Galicia obtuvo en la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro los planos catastrales y certificaciones descriptivas y gráficas de las fincas incluidas en dominio público marítimo-terrestre y colindantes con el mismo según la delimitación provisional, e identificó a los titulares catastrales. II) La Providencia de incoación del expediente de deslinde se publicó en el Boletín Oficial del Estado, con fecha 28 de enero de 2025, en el Boletín Oficial de la Provincia, con fecha 27 de enero de 2025, en el Tablón de Anuncios de la Demarcación de Costas, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de A Coruña, en un diario de los de mayor circulación de la zona, y en el tablón de anuncios electrónico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, otorgándose el plazo de un mes para que cualquier interesado pudiera comparecer en el expediente, examinar el plano de la delimitación provisional o formular alegaciones. III) Con fecha 16 de enero de 2025 se solicitaron informes a la Conselleria de Medio Ambiente e Cambio Climático de la Xunta de Galicia, a la Autoridad Portuaria de A Coruña y al Ayuntamiento de A Coruña, así como a este último, la suspensión cautelar del otorgamiento de licencias de obra en el ámbito afectado por el deslinde. La Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de la Xunta de Galicia, emitió, con fecha 21 de enero de 2025, informe favorable a la delimitación propuesta. El Ayuntamiento de A Coruña emitió, con fecha 11 de marzo de 2025, informe indicando que existen ciertas discrepancias entre la línea propuesta en las zonas desafectadas del dominio público portuario y los planos de la DEUP del Puerto de A Coruña que están en posesión del Ayuntamiento, y también entre la línea de deslinde propuesta y la línea de división de parcelas catastrales, en algunas zonas. La Autoridad Portuaria de A Coruña no contestó por lo que, transcurrido el plazo de un mes se entendió el informe respectivo emitido con carácter favorable de acuerdo con lo previsto en el artículo 21.2.b del Reglamento General de Costas. IV) Con fecha 21 de enero de 2025 se notificó a los Registros de la Propiedad de A Coruña nº1, nº4 y nº6, la incoación del expediente, adjuntando los planos correspondientes y la relación de propietarios, e interesando la certificación de dominio y cargas y la nota marginal a la que se refiere el artículo 21.3 del Reglamento General de Costas, en el folio de las fincas incluidas en el dominio público marítimo-terrestre o que colindan o interseccionan con éste, según la delimitación provisional. Con fechas 2 de mayo, 17 y 20 de junio de 2025, respectivamente, los Registros de la Propiedad de A Coruña nº1, nº 6 y nº 4 remitieron la certificación de dominio y cargas solicitada. V) Los interesados fueron citados para la realización del acto de apeo, el cual se produjo el día 12 de febrero de 2025 en presencia de los interesados que asistieron al mismo (Autoridad Portuaria de A Coruña). Se reconoció el tramo de costa a deslindar, levantándose la correspondiente Acta. Durante el período de información pública o durante el plazo de quince (15) días siguientes a la realización del acto de apeo, no se presentaron alegaciones. VI) Con fecha 14
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