Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de Jaén, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto "Reforma línea aérea de media tensión 25 kV "Agua_Baeza" Entre CT "Cdat-Marmol" Nº 33358 Y Ct "CDT-Sta.Eulalia" Nº 33164, en Paraje Haza De Tejar, T.M. Rus y Úbeda (Jaén). Expediente: AT-203/2016-1.
Comunidad Autónoma de Andalucía
BOE-B-2026-21546
Texto literal del BOE, sin resumir
La empresa distribuidora E-Distribución Redes Digitales, S.L.U, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, presentó el 25 de noviembre de 2021, ante esta Delegación Territorial en Jaén, solicitud declaración en concreto de utilidad pública para el proyecto "Reforma línea aérea de media tensión 25 kV "Agua_Baeza" entre CT "Cdat-Marmol" Nº 33358 y CT "CDT-Sta.Eulalia" Nº 33164, En Paraje Haza De Tejar, en los términos municipales de. Rus y Úbeda (Jaén). El proyecto contaba con autorización administrativa previa y de construcción emitida por esta Delegación Territorial con fecha 2 de febfero de 2019. Según lo establecido en el artículo 144 del RD 1955/2002, se insertó anuncio de información pública, en el B.O.E con fecha 24 de febrero de 2022 y en el B.O.P el 8 de marzo de 2022, con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa del pleno dominio o para la imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica. Con fecha 9 de marzo de 2026 E-Distribución Redes Digitales, S.L.U, solicitó continuar con la tramitación del expediente, teniendo en cuenta la nueva relación de bienes y derechos afectados actualizada. A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la solicitud Autorización Administrativa Previa y de Construcción así como la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica que a continuación se indica, publicándose la relación concreta e individualizada de los interesados, bienes y derechos afectados a efectos de la urgente ocupación según el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Peticionario: E-Distribución Redes Digitales S.L.U., con domicilio a efectos de notificaciones en Camino de las Cruces 40, SS.EE. El Calvario, 23003 Jaén. Finalidad: Reforma de línea eléctrica de media tensión "Agua_Baeza" (25 kV), entre los centros de transformación "Cdat-Marmol" Nº 33358 Y "Cdt-Sta.Eulalia" nº 33164. Expediente AT-203/2016-1 Emplazamiento: Paraje Haza de Tejar y Los Marqueses, en los términos municipales de Rus y Úbeda (Jaén). Coordenadas UTM USO (30) CT "CDAT-MARMOL" nº 33358: (X) 462090 (Y) 4212642 CT "CDT-STA.EULALIA" nº 33164: (X) 466246 (Y) 4213030 Características principales: Línea subterránea de media tensión: Canalización existente, sustituyendo el conductor existente por uno de mayor sección. 50 m. de LSMT Trifásica, mediante conductor XLPE RH5Z1 18/30 kV 250 mm² Al. Línea aérea de media tensión: Instalación de 28 apoyos. 4175 m. de LAMT Trifásica, mediante conductor 94AL1/22-ST1A (LA-110). La servidumbre de paso de línea aérea comprenderá las afecciones derivadas de la expropiación a tenor de lo establecido en los artículos 157 a 162 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre: a) El vuelo sobre el predio sirviente. b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los cables conductores de energía eléctrica e instalaciones de puesta a tierra de dichos postes, torres o apoyos fijos. c) El derecho de paso o acceso para atender el establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario. d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso, necesarios a los fines indicados en el párrafo c) anterior. De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la citada Ley 24/2013, del Sector Eléctrico, la declaración, en concreto, de utilidad p
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