Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria sobre la Resolución de la Dirección General de Carreteras por la que se aprueba provisionalmente y se ordena la incoación del expediente de información pública del anteproyecto de construcción y explotación, así como el estudio de viabilidad de "Remodelación y acondicionamiento del área de servicio de Gornazo. Autovía de la Meseta A-67, P.K. 191, ambas márgenes. Término municipal de Miengo. Provincia de Cantabria". Clave: A0-S-0019 / SGE-ADS-24-016.
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
BOE-B-2026-23991
Texto literal del BOE, sin resumir
Con fecha 8 de mayo de 2024, el Director General de Carreteras emite la orden de estudio a propuesta de la Subdirección General de Planificación y Explotación del correspondiente estudio de viabilidad y anteproyecto de construcción y explotación: "Remodelación y acondicionamiento del área de servicio de Gornazo. Autovía de la Meseta A-67, P.K. 191, ambas márgenes. Término municipal de Miengo. Cantabria" para su tramitación reglamentaria. Vistos los antecedentes, analizando el expediente y en virtud de la competencia atribuida por el Real decreto 253/2024, de 12 de Marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales; la Subdirectora General de Planificación y Explotación, por delegación del Director General de Carreteras (Apartado decimosexto 3.A.b. de la orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias) resuelve: 1) Aprobar provisionalmente el anteproyecto de construcción y explotación: "Remodelación y acondicionamiento del área de servicio de Gornazo. Autovía de la Meseta A-67, P.K. 191, ambas márgenes. Término municipal de Miengo. Cantabria". Redactado con fecha de febrero de 2026. 2) Declarar la urgencia del anteproyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, por lo que el presente trámite también tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución de la actuación. 3) Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria se proceda a incoar el expediente de información pública del anteproyecto de construcción y explotación al área de servicio de Gornazo y del estudio de viabilidad, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los siguientes efectos: · Artículo 247.3 y 248.3 y 4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014. · Artículo 27.1.b de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, para que puedan formularse cuantas alegaciones o sugerencias se estimen convenientes. · Artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa, para que puedan presentarse alegaciones sobre la necesidad de ocupación o sobre posibles errores de la relación concreta e individualizada de servicios, bienes y derechos afectados. El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias. Tras el análisis de las alegaciones presentadas, de las respuestas a las consultas y de los informes preceptivos previstos en la legislación vigente, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible resolverá sobre la aprobación de expediente de información pública y la aprobación del estudio de viabilidad y definitiva del anteproyecto. De conformidad con el artículo 248.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, la aprobación definitiva del anteproyecto de referencia, en su caso, implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres. 4) Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Cantabria: a. Remita ejemplares del anteproyecto de construcción y explotación y del estudio de viabilidad a las entidades locales afectadas a efect
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