Extracto de la Resolución de 17 de julio de 2026, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se realiza la primera convocatoria del programa de proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética (INNOVAE).
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
BOE-B-2026-24901
Texto literal del BOE, sin resumir
BDNS(Identif.):920153 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/920153) Primero. Beneficiarios: Podrán tener la condición de beneficiarios en esta convocatoria, en función de la actuación subvencional, conforme queda recogido en el Anexo 1 de las bases reguladoras, los siguientes sujetos: a) Proyectos singulares en movilidad sostenible: - Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa). - Personas físicas con actividad económica, dadas de alta en el Censo de Empresarios Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. - Consorcios y agrupaciones empresariales con personalidad jurídica propia. - Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia. - El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre. b) Proyectos singulares en el sector industrial: - Empresas del sector industrial, cuyo CNAE 2025 se encuentre dentro de los que se relacionan en el apartado b del anexo 1.3) de las Bases reguladoras. - Empresas de servicios energéticos. c) Proyectos singulares para la renovación en profundidad de edificios existentes del sector terciario para ser edificios cero emisiones. - Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa). - Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia. - El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre. - Las Empresas de Servicios Energéticos. - Las Comunidades de Propietarios o las agrupaciones de Comunidades de Propietarios de edificios. - Entidades con fines de interés general y carentes de ánimo de lucro, del Tercer Sector, asociaciones y fundaciones. d) Proyectos singulares de sustitución de generadores de frio. - Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa). - Personas físicas que desarrollen actividades económicas. - Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo, con personalidad jurídica propia. - Consorcios y agrupaciones empresariales con personalidad jurídica propia. - El Sector Público a que se refiere el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen - jurídico del sector público. - Empresas de Servicios Energéticos. Segundo. Finalidad: Las ayudas que se concedan mediante esta convocatoria tendrán como finalidad contribuir al cumplimiento del objetivo nacional de reducción del consumo de energía final, para el periodo 2021-2030, que fija el artículo 8 de la Directiva (UE) 2023/1791, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2023 relativa a la eficiencia energética, promoviendo proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética, que consigan una reducción del consumo de energía final, en los sectores consumidores de energía. Tercero. Bases reguladoras: Orden TED/569/2026, de 4 de junio, publicada en el BOE nº 138 del 6 de junio de 2026, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de incentivos a proyectos singulares innovadores de ahorro y eficiencia energética (Programa Innovae). Cuarto. Presupuesto y financiación de la convocatoria: Las subvenciones previstas en esta convocatoria se financiarán con cargo al presupuesto del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, con una dotación presupuestaria máxima inicial de 115.000.000 euros. El presupuesto se destinará a los siguientes subprogramas: a) Proyectos singulares en movilidad sostenible: 30.000.000 euros. b) Proyectos singulares en el sector industrial: 30.000.000 euros. c) Proyectos singulares para la renovación en profundidad de edificios existentes del sector terciario para ser edificios cero emisio
Fuente oficial