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Año 2026
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24 jul 2026

Extracto de la resolución de 21 de julio de 2026 de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E. por la que se convocan entregas dinerarias sin contraprestación a las entidades colaboradoras en gestión de ayudas de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E., para actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027

Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

BOE-B-2026-25114

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Texto literal del BOE, sin resumir

BDNS(Identif.):920927 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/920927) Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias las asociaciones, federaciones españolas de exportadores o entidades similares reconocidas como entidades colaboradoras de ICEX con las que se haya firmado el correspondiente Convenio. Segundo. Objeto. 1. Convocar la concesión de entregas dinerarias sin contraprestación a las Asociaciones o Federaciones Españolas de Exportadores o Entidades similares reconocidas como Entidades Colaboradoras de ICEX con las que se haya firmado el correspondiente Convenio cuyo objeto sean el apoyo a la promoción de la internacionalización de la empresa española a través de determinadas actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2027. 2. La actividad apoyada y sus gastos asociados han de haber sido realizados con posterioridad a la aprobación del gasto por parte de ICEX. A excepción de los gastos de alquiler de espacio y decoración de Stand de la Entidad Colaboradora en Ferias con Asociaciones y Pabellones Informativos Sectoriales, que podrán haber sido realizados con la anterioridad necesaria para poder realizar las correspondientes reservas de dichos servicios. 3. Las actividades sujetas a ayudas serán las siguientes: a) Stand de la Entidad Colaboradora en Ferias con Asociaciones, en ferias tanto presenciales como virtuales. Los conceptos susceptibles de ser objeto de la ayuda son el alquiler de espacio o similar en formatos virtuales (aquí estarán incluidos los suministros de feria y arrendamiento de equipos, seguro obligatorio, alquiler equipo audiovisual, alquiler de almacenes, tasa AUMA y cuota de inscripción en la feria cuando esta sea obligatoria pagarla a la organización ferial para poder participar en la feria); decoración, incluyendo montaje y desmontaje, así como decoración del stand, elementos audiovisuales, carteles y mobiliario, no incluyéndose elementos adicionales (cafeteras, neveras, consumos eléctricos o de aire, dietas, parking,...); y otros gastos relacionados con la organización de la actividad que sean que sean aceptados por ICEX (gastos de promoción, como publicidad, catálogo, etc.). b) Pabellones Informativos Sectoriales (tanto presenciales como virtuales). Los conceptos susceptibles de ser objeto de la ayuda son el alquiler de espacio o similar en formatos virtuales (aquí estarán incluidos los suministros de feria y arrendamiento de equipos, seguro obligatorio, alquiler equipo audiovisual, alquiler de almacenes, tasa AUMA y cuota de inscripción en la feria cuando esta sea obligatoria pagarla a la organización ferial para poder participar en la feria), decoración y gastos de promoción (se incluirán publicidad, catálogo, etc.). c) Jornadas de Asociaciones. El concepto susceptible de ser objeto de la ayuda son el alquiler de salas y equipos audiovisuales incluidos los suministros y arrendamiento de equipos, la decoración y gastos de promoción (se incluirán publicidad, catálogo, etc.). d) Misiones Directas y Misiones Estudio. Viajes realizados a un mercado objetivo. El concepto susceptible de apoyo será una Bolsa de Viaje para la Asociación. e) Bolsas de Viaje. Viajes necesarios para la asistencia de un representante de las Entidades Colaboradoras a distintas actividades promocionales en el extranjero como Misiones de Estudio, Ferias con Asociaciones, Exposiciones, Misiones Directas o Jornadas de Asociaciones. El apoyo en concepto de Bolsa de Viaje será del 100% del importe indicado en el documento Bolsas de Viaje 2027 cuando la salida y regreso del viaje sea de y a España. Excepcionalmente, si la salida/llegada del viaje no se produce desde/a España, el apoyo será del 50% del i