Extracto de la Resolución de 27 de febrero de 2026, del Organismo Autónomo Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan ayudas para la distribución de películas de largometraje y conjuntos de cortometrajes españoles, comunitarios e iberoamericanos para el año 2026.
Ministerio de Cultura
BOE-B-2026-6730
Texto literal del BOE, sin resumir
BDNS(Identif.):890365 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/890365) Primero: Objeto. Ayudas para la distribución de películas de largometraje y conjuntos de cortometrajes españoles, comunitarios e iberoamericanos destinados a la distribución en salas de exhibición, principalmente en versión original, que hayan sido calificados en España durante 2024 y 2025, cuyo estreno comercial en España se haya llevado a cabo en el último trimestre de 2024 o durante 2025 siempre que el plan de distribución de la película en España haya sido realizado esencialmente en las referidas fechas y que cumplan determinados requisitos. Segundo: Beneficiarios. Empresas distribuidoras independientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.ñ) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden CUD/508/2021, de 25 de mayo. Tercero: Bases reguladoras. Orden CUD/508/2021, de 25 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la distribución de películas previstas en el artículo 28 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. Cuarto: Cuantía. El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 4.000.000 de euros. La cuantía individual de cada ayuda, con un límite máximo de 150.000 euros, no podrá superar el 50% de los siguientes costes de distribución de la película: tiraje de copias, subtitulado, doblaje, publicidad, promoción y medidas contra la piratería, de accesibilidad y de sostenibilidad. Quinto: Plazos de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado. Madrid, 27 de febrero de 2026.- El Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, O.A., P.S. (Resolución del Secretario de Estado de Cultura de 03/12/2025), el Subdirector General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual, Fernando Bigeriego Tejerina.
Fuente oficial