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Año 2026
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5 mar 2026

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, el proyecto denominado «Línea aérea de alta tensión s/c LA-110 Los Reinosos Lomas de Los Arévalos», en los términos municipales de Cádiar y Ugíjar (Granada).

Comunidad Autónoma de Andalucía

BOE-B-2026-6732

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Texto literal del BOE, sin resumir

En relación con dicho asunto consta en el expediente (E-6703) los siguientes Antecedentes de hecho Primero.- Con fecha 4 de noviembre de 2024, por parte de la entidad Eléctrica del Guadalfeo, S.L., con CIF n.º B18000224 y domicilio en la calle Santa Lucía nº 1K de Churriana de la Vega (Granada), se presentó escrito y otra documentación solicitando la declaración, en concreto, de la utilidad pública de la instalación denominada «Línea aérea de alta tensión s/c LA-110 Los Reinosos Lomas de Los Arévalos», en los términos municipales de Cádiar y Ugíjar (Granada). Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se remitió la separata del proyecto, solicitando informe, como entidades afectadas a los Ayuntamientos de Cádiar y Ugíjar; Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda; Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural; E-Distribución Redes Digitales, S.L.U.; Red Eléctrica de España; y Delegación Territorial en Granada de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Recibidos los correspondientes informes, consta la conformidad del promotor ante los condicionantes establecidos. Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado de fecha 17 de diciembre de 2025, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de fecha 28 de noviembre de 2025 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de 4 de diciembre del mismo año. Igualmente, se publicó en el diario Granada Hoy el día 9 de diciembre 2025, se expuso en el tablón de anuncios de cada Ayuntamiento afectado por el plazo establecido y se publicó el anuncio con su memoria en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. Salvo error u omisión, no consta que se hayan recibido alegaciones. Cuarto.- Con fecha 11 de mayo de 2025, mediante resolución de esta Delegación Territorial, se concedió respecto de dicho proyecto, la correspondiente autorización administrativa previa y de construcción. Fundamentos de Derecho Primero- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 28 de marzo de 2025, de la Consejería de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería, cuya disposición quinta delega en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas, en sus respectivos ámbitos «7. En materia de expropiación forzosa, la tramitación y resolución de los procedimientos de expropiación forzosa, en todas sus fases, cuando la expropiación afecte a bienes situados en una sola provincia». Por lo cual, esta resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas. Segundo.- El procedimiento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública de las insta